ley 16/2015

Ley 16/2015

Se modifica por el art, ley 16/2015. Se modifica el apartado 4 por el art. Se modifica el apartado 2 por el art. Se modifican los apartados 3 y 4 por el art.

LA LEY. Los municipios deben prestar las actividades y los servicios establecidos por las leyes sectoriales que les son aplicables, en ejercicio de las competencias que estas les atribuyen. Estas determinaciones deben ajustarse a los pactos intermunicipales que pueden establecerse entre los municipios interesados. A tales efectos, el departamento puede solicitar el informe del Instituto de Estudios Catalanes. Para enajenar o grabar bienes inmuebles patrimoniales, deben tenerse en cuenta las siguientes reglas:. Las mutaciones demaniales requieren el acuerdo del ente local en el que se acredite la oportunidad del cambio. Los entes locales pueden intervenir la actividad de los ciudadanos por los siguientes medios:.

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Articulo Vigencia de las declaraciones o informes de impacto ambiental referidos a industrias extractivas. Anexo VI. Anexo VIII. Anexo X. La ley afecta y se refiere de modo general a las instalaciones y luminarias exteriores. A los efectos de la presente ley, las infracciones administrativas se clasifican en leves, graves y muy graves. El Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, cuando la multa pecuniaria exceda de El procedimiento previsto en la presente ley, en lo relativo a la admisibilidad de los vertidos por parte del Ayuntamiento, no modifica las competencias que correspondan a los Ayuntamientos en materia de ordenanzas municipales de vertidos. Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en la presente ley, y en particular:. Grupo 4. Grupo 5.

Anexo III. Grupo 9. A tales efectos, el departamento puede solicitar el informe del Instituto de Estudios Catalanes.

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Por lo que concierne al plano convencional, se constata la existencia de diversos tratados internacionales de dispar contenido y exigencia de desarrollo normativo nacional. Cabe subrayar tres modalidades diferentes. Por un lado, algunas organizaciones internacionales cuentan con convenios internacionales celebrados entre todos sus Estados miembros. Estas previsiones normativas resultan, en suma, acordes con el Derecho Internacional. La circunstancia 1. Inmunidades del Estado extranjero. Consentimiento expreso. Procesos relativos a transacciones mercantiles. Procesos relativos a contratos de trabajo. Procesos relativos a los efectos de un convenio arbitral.

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Se modifica por el art. Se modifica el apartado 4 por el art. Se modifica el apartado 2 por el art. Se modifican los apartados 3 y 4 por el art. Se modifican los apartados 5 y 7 por el art. Se modifican los apartados 4 y 5 por el art. Se modifica el apartado 1 por el art. En el supuesto previsto en el apartado 2. La ley afecta y se refiere de modo general a las instalaciones y luminarias exteriores.

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Programa de vigilancia y seguimiento ambiental. Industria extractiva 2. Anexo VII. Estudio de impacto ambiental. Un esbozo del contenido, objetivos principales del plan o programa y relaciones con otros planes y programas pertinentes; 2. Grupo Anexo I. Grupo Se modifican los apartados 4 y 5 por el art. Industria papelera, de la madera, del corcho, textil y del cuero 7. Industria extractiva.

LA LEY. Los municipios deben prestar las actividades y los servicios establecidos por las leyes sectoriales que les son aplicables, en ejercicio de las competencias que estas les atribuyen.

Convenio: Vigente. Medidas accesorias. Grupo 2. Se modifican los apartados 5 y 7 por el art. Instrumentos voluntarios para la mejora ambiental. Se derogan todos los preceptos de disposiciones de igual o inferior rango que sean contrarios a la presente ley. Un programa de vigilancia ambiental en el que se describan las medidas previstas para el seguimiento; Vigencia del informe de impacto ambiental. Planes Generales Municipales. Anexo II. Grupo Grupo 5. Grupo 3. Anexo VII.

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